BENEFICIARIOS
– Ayuntamientos, Diputación, Mancomunidades…
– Personas físicas y jurídicas titulares de bienes muebles o inmuebles. (También podrán ser beneficiarios las personas arrendatarias).
– Comunidades de personas propietarias.
– Asociaciones de vecinos, comunidades de montes vecinales en mancomún, comunidades de bienes…
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Actuaciones sobre elementos etnográficos y su entorno: fuentes, lavaderos, hórreos, puentes, molinos, vallados, cierres….y cualquier otro elemento de carácter tradicional vinculado al paisaje y la cultura del lugar
- Actuaciones sobre casa e eira: Actuaciones de mejora en revestimientos, tales como fachadas, cubiertas…
- Actuaciones de mejora en vallados, pavimentos en los puntos de acceso, instalaciones de áreas de descanso para peregrinos…
- Actuaciones en el espacio agrario: Ocultación, mediante vegetación u otros elementos, de aquellos bienes o elementos con fuerte impacto sobre el campo visual del Camino.
- Actuaciones de demolición de elementos en desuso o abandonados (naves, silos, casetas..)
- Actuaciones en el trazado del camino: substitución de elementos de mobiliario urbano y similares: marquesinas, elementos de señalización, bolardos, iluminación pública, cables aéreos, antenas, contenedores de residuos
En cada solicitud se podrá incluir más de una actuación
Todas las actuaciones deberán ejecutarse siguiendo unas determinadas indicaciones (De estar interesados en la solicitud, contactar para más información).
GASTOS SUBVENCIONABES
- Gastos necesarios para la idónea ejecución de las actuaciones subvencionadas.
- Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales y los de peritaje, siempre que fuesen necesarios para la ejecución de la intervención
- Gastos de honorarios, tales como, redacción de proyectos técnicos, dirección facultativa de las obras, coste de estudios necesarios para su realización (no podrán superar el 10% de la inversión subvencionable)
- Tributos: serán gasto subvencionable cuando la persona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente.
- Costes derivados del empleo de medios propios en el desarrollo de las actuaciones subvencionables y los costes indirectos imputados por la persona beneficiaria a la actividad subvencionada en la parte que razonadamente corresponda y siempre se que indique en el presupuesto del proyecto
CUANTÍA SUBVENCIONABLE
- 75% de la inversión con el límite máximo de 10.000 € para personas físicas y jurídicas privadas y de 15.000 € para entidades locales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 02-01-2020.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS
- Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 20 de octubre de 2020
De estar interesados en tramitar esta ayuda, les recomendamos que se pongan en contacto con este despacho para ver las particularidades de cada caso en concreto.