Ayudas a MICROEMPRESAS y HOSTELERÍA por COVID-19. Fin plazo: 28-12-2020.

Ayudas RESCATE AUTÓNOMOS por COVID-19. Fin plazo: 18-12-2020.
19 noviembre, 2020
Ayudas a HOSTELERÍA: ADAPTACIÓN DE TERRAZAS y PACKAGING. Fin plazo: 28-02-2021.
3 diciembre, 2020

Ayudas a MICROEMPRESAS y HOSTELERÍA por COVID-19. Fin plazo: 28-12-2020.

PROGRAMA I: MICROEMPRESAS

FINALIDAD:  

Apoyar el mantenimiento del empleo y la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, microempresas y Pymes que desarrollan su actividad económica en los sectores especialmente paralizados por la COVID-19.

 

BENEFICIARIOS:  

Personas trabajadoras autónomas persona física, microempresas y Pymes con personal contratado por cuenta ajena y a su cargo.

(para esta línea SI es necesario tener personal contratado).

 

REQUISITOS:  

Es obligatorio el cumplimiento de los TRES (3) requisitos:

– Tener domicilio fiscal en Galicia.

Tener o haber tenido autorizado un ERTE por la COVID-19 desde la declaración del estado de alarma.

Reducción del 45% en la facturación del año 2020 (se realizará una comparación entre lo facturado en el año 2019 y los 3 primeros trimestres de 2020).

 

ACTIVIDAD ESPECIALMENTE PARALIZADAS (*):  

a) Ocio nocturno (discotecas, pubs, salas de fiestas…)

b) Actividades económicas que se desarrollen en el ámbito de las atracciones de feria en las que no existe establecimiento abierto al público. (CNAE: 4724, 4729, 4781, 4782, 4789, 5610, 5629, 5630 y 9200).

c) Negocios encuadrados en los siguientes CNAE: 4932,5010, 5030, 5621, 5914, 7911, 7912, 7990, 8230, 9001, 9002, 9004, 9321 y 9329.

 

CUANTÍA: 

* 4.000 €, que se abonará en 2 pagos: 2.000 € en 2020 y 2.000 € en 2021.

* 5.000 €, para aquellas empresas que, además de reunir los requisitos, pertenezca a una de las actividades especialmente paralizadas (*). Serán abonadas en 2 pagos: 2.500 € en 2020 y 2.500 € en 2021.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 28-11-2020 y finaliza el 28-12-2020.

 

OBLIGACIONES:

Mantener la actividad económica y el empleo durante 6 meses (a contar desde el 27-11-2020).

 

 

PROGRAMA II: HOSTELERÍA

FINALIDAD:  

Apoyar a las personas trabajadoras autónomas persona física o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, microempresas y pymes que pertenezcan al sector de la hostelería y que se vean afectadas por el cierre conforme a la normativa dictada.

 

BENEFICIARIOS:  

Personas trabajadoras autónomas persona física, microempresas y Pymes o con personal contratado por cuenta ajena y a su cargo

(para esta línea NO es necesario tener personal contratado).

 

REQUISITOS:  

Es obligatorio el cumplimiento de los TRES (3) requisitos:

– Tener domicilio fiscal en Galicia.

– Estar afectado por los supuestos de cierre de establecimiento o de cierre perimetral del ayuntamiento.

Tener cerrada la actividad durante un mínimo de 2 semanas.

 

CUANTÍA:  

* 1.500 € por mes de paralización de la actividad desde el mes de octubre.

* 2.000 € para establecimientos que ocupen a 10 trabajadores o más.

Las ayudas serán por establecimiento, pudiendo tener la entidad beneficiaria más de un establecimiento con derecho a ayuda.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 28-11-2020 y finaliza el 28-12-2020.

 

Relación de CNAE:
4724 – Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
4729 – Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados
4781 – Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos
4782 – Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos
4789 – Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos
5610 – Restaurantes y puestos de comidas
5629 – Otros servicios de comidas
5630 – Establecimientos de bebidas
9200 – Actividades de juegos de azar y apuestas
4932 – Transporte por taxi.
5010 – Transporte marítimo de pasajeros.
5030 – Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
5621 – Provisión de comidas preparadas para eventos.
5914 – Actividades de exhibición cinematográfica.
7911 – Actividades de las agencias de viajes.
7912 – Actividades de los operadores turísticos.
7990 – Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
8230 – Organización de convenciones y ferias de muestras.
9001 – Artes escénicas.
9002 – Actividades auxiliares a las artes escénicas.
9004 – Gestión de salas de espectáculos.
9321 – Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
9329 – Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

 

Ambas líneas de ayudas son compatibles entre sí, por lo que, de reunir los requisitos, se podrían solicitar las dos.

Quedamos a su disposición para aclarar las dudas que consideren.

 

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