PLAN DE RESCATE DE LA XUNTA DE GALICIA
PROGRAMA II: OTRAS ACTIVIDADES CERRADAS
Esta ayuda tiene por objeto apoyar a los trabajadores autónomos, microempresas o pymes que desarrollen una actividad económica que se vea afectada por el cierre.
BENEFICIARIOS:
Personas trabajadoras autónomas, microempresas y pymes de sectores afectados por el cierre de la actividad. (NO es obligatorio tener personal contratado).
Notas:
– Queda excluido el sector de la hostelería y restauración, establecimientos de ocio y entretenimiento (salas de fiestas, discotecas, pubs, cafés espectáculo y furanchos).
– Se entenderá que está afectado por el cierre aquel establecimiento que no pueda haber abierto según la normativa sanitaria y se encuentren en el apartado 4 de medidas especiales para determinadas actividades del anexo de la Orden de 26 de enero de 2021. (Ver archivo adjunto). Considerándose incluidas las atracciones de ferias a que se refiere el punto segundo. 2 de la referida orden, así como de la Orden de 3 de diciembre de 2020, siempre que se trate de actividades en las cuales no existe establecimiento abierto al público.
– Dada la naturaleza extraordinaria de estas ayudas, se exime del cumplimiento del requisito de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias con la Seguridad Social o Administración pública de Galicia. OJO: El importe de la deuda debe tener un importe inferior al anticipo del 80%, según la ayuda que corresponda. Posteriormente, una vez se cobre dicho anticipo, se dispondrá de un plazo de 15 días naturales para liquidar esa deuda y acreditarlo ante la Xunta (que realizará la comprobación y abonará el 20% restante de la ayuda).
REQUISITOS:
– Tener domicilio fiscal en Galicia.
– Estar afectado por los supuestos de cierre de establecimiento.
ÓRDENES Y DECRETOS DE LA XUNTA:
CUANTÍA:
El importe de la ayuda se determinará en función de la fecha de cierre y por el número de establecimientos cerrados.
* 1.900 € establecimientos cerrados desde el 27 de enero de 2021.
* 2.200 € establecimientos cerrados desde el 21 de enero de 2021.
* 2.700 € establecimientos cerrados, en virtud de dos o más de las siguientes órdenes:
– Orden de 4 de enero de 2021
– Orden de 8 de enero de 2021
– Orden de 13 de enero de 2021
– Orden de 19 de enero de 2021
Nota: Las atracciones de feria percibirán la ayuda de 2.700 €.
* Para establecimientos que ocupen 10 o más trabajadores, se incrementará la ayuda en 1.000 €.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 24-02-2021 y finaliza el 23-03-2021 (o agotamiento del crédito).