Ayudas ACUICULTURA por COVID-19. Fin plazo: 29-07-2021.

Ayudas EMPRESAS DE TRANSFORMACIÓN de productos pesqueros y de acuicultura por COVID-19. Fin plazo: 28-07-2021.
1 julio, 2021
Ayudas DIGITALIZACIÓN. Fin plazo: 30-09-2021.
12 julio, 2021

Ayudas ACUICULTURA por COVID-19. Fin plazo: 29-07-2021.

AYUDAS PARA COMPENSAR A LOS ACUICULTORES que hayan tenido pérdidas de producción entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020, a consecuencia del brote de la COVID-19.

 

OBJETO   

Ayudas destinadas a compensar a los acuicultores por la reducción de la producción que haya tenido lugar entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 a consecuencia del brote de la COVID-19.

 

BENEFICIARIOS  

Empresas acuícolas titulares de establecimientos de acuicultura que viesen reducida su producción entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020, al menos en un 20% en relación con los ingresos medios para el mismo período en los 3 años anteriores (2017, 2018 y 2019). En el caso de empresas con menos de 3 años de actividad, estas deberán tener actividad durante, por lo menos, el año natural 2019 completo.

 

 REQUISITOS  

1. Titulares de establecimientos obligados a presentar los datos de la producción en el sistema de transmisión de datos mensuales de producción de acuicultura (sarex):

– Tener transmitido en los años 2017, 2018, 2019 y 2020, a la Consellería del Mar la información de los datos mensuales de producción.

2. Titulares de establecimientos de acuicultura no obligados a presentar los datos en el sistema de transmisión de datos mensuales de producción (sarex):

– Acreditar la reducción de su producción entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 a través de la certificación de un auditor adscrito al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).

 

IMPORTE DE LAS AYUDAS   

La cuantía máxima de la ayuda podrá ser de hasta el 50% de las pérdidas en ventas, con un límite de 200.000 €.

Para calcular dicho importe se tendrán en cuenta las ventas realizadas en el período de referencia (1 de febrero a 31 de diciembre de 2020), en comparación con el mismo periodo de los años 2017, 2018 y 2019.

Si las pérdidas fueran inferiores al 20 % no se tendrá derecho a la subvención.

Los importes de las ventas realizadas se obtendrán del Servicio de Análisis y Registros de la Consellería del Mar.

Nota: En el caso de establecimientos de acuicultura en la zona marítima, no se tendrán en cuenta para calcular las pérdidas los períodos en los que estuviera suspendida la recogida como consecuencia de la proliferación de plancton que produzca toxinas o contengan biotoxinas.

 

SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN   

El plazo de presentación de las solicitudes es de 1 mes, desde el 30-06-2021 y hasta el 29-07-2021.

 

De estar interesados en el estudio y en la tramitación de la ayuda, póngase e con este despacho.

 

 

Comments are closed.