SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL AUTOEMPLEO Y LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA DE LAS PERSONAS GALLEGAS RETORNADAS en la Comunidad Autónoma Gallega.
Promoción del autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas emigrantes retornadas, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.
Personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:
– Personas gallegas y nacidas en Galicia.
– Cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes de las personas gallegas y nacidas en Galicia.
– Acreditar la condición de persona beneficiaria detallada en el punto anterior.
– Estar en posesión de la nacionalidad española antes del retorno a España.
– Haber residido en el extranjero y que la fecha del retorno a España sea a partir de 1-01-2020, incluido.
– Estar de alta en el régimen especial de autónomos con anterioridad a la presentación de la solicitud.
– Residir y ejercer su actividad laboral o profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Excluidos: autónomos colaboradores y beneficiarios de la ayuda en anteriores convocatorias.
Cuantía de la subvención de 6.000 euros.
Esta cuantía podrá incrementarse en caso de:
– La solicitante es mujer: 1.000 euros.
– Centro de trabajo (o domicilio fiscal, en caso de carecer de este) situado en ayuntamiento rural: 3.000 euros
Mantener al menos durante un período de 18 meses.
El plazo de presentación de las solicitudes, con carácter general, abarca desde el 05-04-2022 y hasta el 30-09-2022.
Para más información no duden en contactar con este despacho.