Ayudas BONO ENERGÍA PYME. Fin plazo: 29-06-2023.

Ayudas Promoción Empleo AUTÓNOMO. Fin Plazo: 29-09-2023.
9 marzo, 2023
Ayuda BONO AUTÓNOMO. Fin plazo: 29-09-2023.
9 marzo, 2023

Ayudas BONO ENERGÍA PYME. Fin plazo: 29-06-2023.

BENEFICIARIOS

Autónomos y pymes, con domicilio social en Galicia, cuya actividad esté incluida dentro del SECTOR SERVICIOS:

– Comercio al por mayor y al por menor (CNAE 45 a 47)

– Transporte y almacenamiento (CNAE 49 a 53)

– Hostelería (CNAE 55 a 56)

– Información y comunicaciones (CNAE 58 a 63)

– Actividades financieras y de seguros (CNAE 64 a 66)

– Actividades inmobiliarias (CNAE 68)

– Actividades profesionales, científicas y técnicas (CNAE 69 a 75)

– Actividades administrativas y servicios auxiliares (CNAE 77 a 82)

– Educación (CNAE 85)

– Actividades sanitarias y de servicios sociales (CNAE 86 a 88)

– Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento (CNAE 90 a 93)

– Otros servicios (CNAE 94 a 96)

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Inversiones en equipos consumidores de energía o elementos que contribuyan a una gestión eficiente incluidos en las siguientes tipologías de actuación:

1. Bono asesoramiento energético:

Diagnósticos energéticos, análisis de consumo, propuestas de optimización del consumo energético, propuestas de mejora de la contratación y facturación de la energía y Auditorías energéticas.

(Las empresas que realicen estos trabajos, deberán estar inscritos en el INEGA, para poder prestar los servicios de diagnóstico/auditoría)

2. Bono envolvente:

Elementos de control solar (toldos o láminas de control solar y/o térmico). Sólo se admiten toldos de color blanco y/o negro y variantes, sin publicidad.

3. Bono iluminación:

Renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates, por otros que utilicen tecnología LED y elementos de control asociados.

4. Bono instalaciones eléctricas:

Mejora de eficiencia energética en instalaciones eléctricas, garantizando un suministro con calidad y fiabilidad (renovación de transformadores, sistemas de alimentación ininterrumpida, compensación de energía reactiva, instalación de filtros economizadores o similares).

5. Bono equipamiento:

Renovación de equipos consumidores de energía como cafeteras, lavavajillas, lavadoras, secadoras, planchas, vending, muebles frigoríficos, autoservicio y cualquier equipo de consumo energético propio del establecimiento.

(Será necesario acreditar una calificación energética B o superior y justificar la entrega del equipo existente a un gestor autorizado una vez realizada la inversión).

6. Bono climatización:

Equipos que permitan reducir el consumo de energía en las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria con Instalaciones fijas con potencia superior a 5 kW. (Excluído la climatización de terrazas o espacios abiertos al público)   

(Será necesario acreditar una calificación energética B o superior)

7. Bono inmótica:

Sistemas domóticos y/o inmóticos que permitan gestionar la energía y gasto energético de forma más eficiente.

CONDICIONES DE LOS PROYECTOS

– Serán subvencionables gastos e inversiones realizados entre el 01 de enero de 2023 y el 02 de octubre de 2023.

– Inversión mínima de 1.000 €

– Obligatorio hacer un estudio de la eficiencia energética comparativa. (firmado por técnico competente o empresa instaladora).

CUANTÍA SUBVENCIONABLE

La cuantía de la ayuda será del 80% del coste elegible de la actuación, con un límite máximo de 6.000 €.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 25 de enero de 2023 y finalizará el 29 de junio de 2023.

La concesión de estas ayudas se tramitará por orden de entrada y hasta agotar el crédito disponible.

Para cualquier aclaración, no duden en ponerse en contacto con nosotros.

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