Ayudas COVID-19: SEGURIDAD LABORAL y GENERAR CONFIANZA en el consumidor. Fin plazo: 31-07-2020.

Ayudas COVID-19: REACTIVACIÓN DEL COMERCIO garantizando seguridad laboral y generación de confianza. Fin plazo: 31-07-2020.
22 junio, 2020
Ayudas CHEQUE AUTÓNOMO. Fin plazo: 06-08-2020.
7 julio, 2020

Ayudas COVID-19: SEGURIDAD LABORAL y GENERAR CONFIANZA en el consumidor. Fin plazo: 31-07-2020.

AYUDAS A LOS PROYECTOS DE EMPRESAS GALLEGAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD LABORAL Y GENERAR CONFIANZA DEL CONSUMIDOR.

BENEFICIARIOS:

Autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) cualquiera que sea su forma jurídica pudiendo acceder agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o personales, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado y que cumplan las siguientes condiciones:

– Que desarrollen su actividad en Galicia al menos en un centro de trabajo

-Que, teniendo la condición de pyme que empleen a menos de 50 trabajadores.

-Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes de IAE que se relacionan en el anexo I adjunto.

Sección 1: Actividades empresariales: Comercio mayorista, Comercio minorista, Servicio de alimentación y hospedaje, Servicio de reparaciones, transportes, Seguros, Guarderías, Clínicas, etc……

Sección 2: Actividades profesionales: Asesorías, Gestorías, ingeniería, abogados, médicos, etc ….

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

1. Medidas para proteger a los empleados y clientes en el lugar de trabajo, tales como:

  • Pantallas protectoras para mostradores y áreas de cajas.
  • Pegatinas adhesivas para la delimitación en el suelo de áreas seguras, marcado de flujos de clientes, marcado de posicionamiento y distancia de seguridad interpersonal.
  • Dispositivos de control de capacidad y sistemas de conteo de clientes u otro sistema para garantizar la distancia entre los clientes.
  • Dispositivos de control de temperatura.
  • Cualquier otra medida recomendada por la autoridad sanitaria para aumentar la protección de los empleados y clientes.

2. Adaptación de espacios de trabajo para reducir el contacto del cliente con elementos o superficies y prevenir la contaminación, como:

  • Puertas automáticas de apertura.
  • Instalación de puntos de autopago.
  • Sensores de luz.
  • Cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.

3. Adquisición de medios de protección e higiene para empleados y clientes:  máscaras protectoras individuales, máscaras para el personal de la empresa, guantes, pantalones, dispensadores automáticos de geles hidroalcohólicos y cualquier otro para protección personal que sea apropiado para la actividad específica realizada en la empresa. (máximo 20% del total de acciones subvencionables).

4. Instalación de equipos para desinfectar superficies, ambientes y productos.

5. Contratación de servicios para fortalecer la limpieza del local y realizar desinfección periódica. (máximo 20% del total de acciones subvencionables para un período de 6 meses).

6. Adquisición de equipos o la realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire en el establecimiento.

7. Vallas publicitarias y puntos de información, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención contra COVID-19 implementadas en el establecimiento.

8. Excepcionalmente, otros que pueden contribuir a proteger la salud de las personas de negocios, empleados y clientes contra COVID-19, que estarán motivados en la resolución de concesión.

9. Capacitación específica de personas trabajadoras para aplicar los protocolos adaptados a las regulaciones y recomendaciones de salud contra COVID-19.

10. Costos externos (consultoría, análisis, costo de certificación y similares) aplicados para obtener certificaciones para el cumplimiento de protocolos y medidas.

 

CUANTÍA SUBVENCIONABLE:     
  • 80% de los artículos subvencionables con el límite máximo por solicitante de 3.000 €. Se podrá solicitar un anticipo del 50% del importe de la ayuda una vez concedida.
  • 100% de los artículos subvencionables, con un límite máximo por solicitante de 1.200 euros para las PYME con actividades económicas relacionadas con las actividades de alimentación, hospedaje y agencias de viajes (IAE 67, 68, 7551, 7552) para las empresas que empleen a menos de 10 trabajadores y con proyectos de gastos subvencionables entre 300 y 1.200 euros.
  • Para las PYME con actividades económicas relacionadas con las actividades de servicios culturales, instalaciones deportivas, escuelas de perfeccionamiento del deporte y alquiler de artículos de deporte (IAE 9669,9672 Y 9673), además, deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) de Galicia.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:     

Desde el 26 de junio hasta el 31 de julio de 2020

 

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE PROYECTOS:

Desde el 15 de Marzo hasta el 30 de octubre de 2020

 

Le recordamos que estas subvenciones serán concedidas por orden de presentación por lo que, en caso de estar interesados, urge su tramitación.
Quedamos a su disposición para aclarar cualquier punto de interés.

 

 

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