Ayudas DIGITALIZACIÓN. Fin plazo: 30-09-2021.

Ayudas ACUICULTURA por COVID-19. Fin plazo: 29-07-2021.
1 julio, 2021
Ayudas BONO AUTÓNOMO. Fin plazo: 12-08-2021.
12 julio, 2021

Ayudas DIGITALIZACIÓN. Fin plazo: 30-09-2021.

AYUDAS PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN PROVOCADA POR EL COVID-19.

 

BENEFICIARIOS Y CUANTÍA:   
  • Autónomos y pequeñas empresas con menos de 50 trabajadores, que desarrollen su actividad en cualquier epígrafe del sector servicios.
  • Entidades de economía social.
  • Asociaciones empresariales, agrupaciones industriales, colegios profesionales, asociaciones sindicales o cámaras.

Cuantía: 80% hasta un máximo de 9.600 €

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:   

– Sistemas de control de aforo: cámaras, sensores, sistemas en línea sobre catálogodiario (gestión de citas), gestión de colas.

– Sistemas de control de estado sanitarios: cámaras específicas, pulseras.

– Sistemas de control de normas de calidad COVID-19.

– Sistemas y aplicaciones de gestión basados en Low code automation.

– Sistemas de catálogos diarios efímeros; sistemas de gestión de pedidos efímeros, comandas.

– Sistemas de cartelería electrónica para mensajes a clientela y de emisión de contenidos en general.

– Sistemas de notificación en móvil; sistemas de gestión de contenidos electrónicos para hostelería (menús, cartas …).

– Sistemas de balizas.

– Automatización de procesos regulados, tareas reguladas, pasos regulados por la COVID-19.

– Adaptación de la presencia en internet al efecto de la COVID-19, mediante elementos como bots de conversación autónoma, integración de sistemas de comercio básicos, mejora del catálogo de productos, soluciones de atención remota, sistemas pick and go (compra en móvil y recogida en tienda) y otros similares.

– Soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo.

– Soluciones de mejora de la ciberseguridad.

– De manera excepcional, otros que puedan ayudar a dicha adaptación.

 

Importe mínimo de gasto: 1.500 €

Importe máximo de gasto: 12.000 €

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:   

a) Activos de los siguientes tipos:

  • Equipos informáticos, sensórica, wearables y otro equipamiento electrónico.
  • Licencias de software estándar de mercado. Para comprobar que se trata de un producto, se verificará que existe una página web pública disponible en internet, se expliquen las características del software y las condiciones en las que se comercializa.
  • Dispositivos de conectividad cuando el trabajo se desarrolle en una zona rural en la que se deban realizar gastos extraordinarios para adaptar la conexión a necesidades de acceso a redes.

b) Gastos de suscripción a software como servicio estándar de mercado, durante un año. (Siempre dentro del período de gasto subvencionable)

c) Colaboraciones externas encaminadas a la adaptación y personalización de los sistemas digitales y al entrenamiento sobre su aplicación y uso.

 

La suma del gasto subvencionable en los apartados a) y b) no superará los 10.000 €.

El máximo de gasto subvencionable en el apartado c) será de 4.000 €.

 

*Podrán subvencionarse activos de segunda mano siempre y cuando: Conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y de que no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria y el precio no sea superior al valor de mercado y sea inferior al coste de los bienes nuevos similares para lo cual deberá aportar certificado de tasador independiente.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:  

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día 10 de Julio de 2021 y finalizará el 30 de septiembre de 2021.

 

PLAZO DE EJECUCIÓN:  

El plazo de ejecución de los proyectos abarcará desde el día 1 de octubre de 2020 y hasta el 15 de noviembre de 2021, o fecha establecida en la resolución.

 

Sin otro particular, quedamos a su disposición para aclarar las dudas que puedan surgir.

 

 

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