AYUDAS PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS
a) Las personas físicas propietarias.
b) Las personas usufructuarias.
c) Las personas arrendatarias de viviendas.
Incluidas: viviendas unifamiliares o viviendas pertenecientes a edificios, que constituyan el domicilio habitual y permanente.
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética:
– Envolvente térmica: Cambio de ventanas, cubiertas, fachadas…
– Instalaciones térmicas: Calefacción, climatización, refrigeración, ventilación, agua caliente sanitaria… (excluidas actuaciones que utilicen combustibles de origen fósil)
*Requisito imprescindible: Constar como INSCRITO en el REGISTRO de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Galicia (RGEEE).
Para ser beneficiario, estas actuaciones deberán alcanzar como mínimo una de las siguientes condiciones:
– Alcanzar una reducción del consumo de energía primaria no renovable mínima del 30%.
– Alcanzar una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración mínima del 7%.
– En el caso de actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en el documento básico DB HE de ahorro de energía del Código técnico de la edificación.
Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020 y, que no estén finalizadas en el momento de la presentación de la solicitud.
(El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 12 meses, desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda)
El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 €.
(El gasto mínimo de la inversión será de 1.000€)
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 14 de octubre de 2022.
Para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con este despacho.