Ayudas EMEGA. Fin plazo: 12-08-2022.

Ayudas ALBERGUES TURISTICOS. Fin Plazo: 08-08-2022.
15 julio, 2022
Ayudas ECONOMIA CIRCULAR. Fin plazo: 08-09-2022.
1 agosto, 2022

Ayudas EMEGA. Fin plazo: 12-08-2022.

Programa EMEGA para el fomento del  EMPRENDIMIENTO FEMENINO EN GALICIA

 

BENEFICIARIAS

Empresas privadas formadas por mujeres, que inicien su actividad económica, o formalicen un plan ACTIVA, desde el 01 agosto de 2021 hasta el 12 de agosto de 2022.

 

REQUISITOS comunes:
  1. Tratarse de una empresa privada con la categoría de microempresa o pequeña empresa válidamente constituida bajo cualquier forma jurídica.
  2. La actividad mercantil puede ser realizada por empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles (incluidas sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado).
  3. Domicilio social y fiscal, y establecimiento de producción o comercial, en Galicia.
  4. TODAS las promotoras deben estar de alta en la Seguridad Social o mutualidad, y estar vinculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional en ella.
  5. Los contratos indefinidos a tiempo parcial, deberán ser como mínimo del 50% de la jornada común de trabajo.
  6. Los contratos indefinidos fijos-discontinuos sólo se tendrán en cuenta cuando la duración de la actividad de la trabajadora no sea inferior a 10 meses en un período de 12 meses.
  7. Haber iniciado la actividad económica y la actividad laboral en los términos exigidos en cada línea.
  8. El proyecto debe tener viabilidad técnica, económica y financiera.
  9. No haber recibido ayudas del programa EMEGA al amparo de las convocatorias de los años 2019, 2020 y 2021.
  10. Los requisitos deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante 18 meses.

 

1. LÍNEA EMPRENDE: Empresas de nueva creación constituidas por mujeres.

Requisitos específicos

– El inicio de la actividad económica, y el alta de la promotora, tienen que ser entre el 01-08-2021 y el 12-08-2022.

– En el caso de creación de empleo para trabajadoras por cuenta ajena, el alta en la seguridad social deberá formalizarse antes del fin de plazo de justificación de la ayuda.

– Suponer la creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras, las cuales deberán estar desempleadas (mínimo 1 mes).

– No haber desarrollado la misma actividad en los 3 años inmediatamente anteriores al alta en la Seguridad Social.

Cuantía de los incentivos:

* 10.000 € por la creación del puesto de trabajo de la promotora

* 16.000 € por creación de 2 puestos de trabajo para mujeres (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

* 20.000 € por creación de 3 puestos de trabajo para mujeres (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

* 22.000 € por creación de 4 o más puestos de trabajo para mujeres (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

 

2.LÍNEA ACTIVA: Empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de reactivación para el mantenimiento del empleo.

Requisitos específicos

– Acreditar un período mínimo de 3 años de realización efectiva de la actividad empresarial.

– Mantener o incrementar el número de puestos de trabajo.

– El alta de las nuevas trabajadoras deberá formalizarse entre el 01-08-2020 y como máximo la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda.

Cuantía de los incentivos:

* 8.000 € por mantener el puesto de trabajo de la promotora

* 12.000 € por mantener el puesto de trabajo de 2 mujeres (cuenta propia o ajena), incluido el de la promotora.

* 14.000 € por mantener el puesto de trabajo de 3 mujeres (cuenta propia o ajena), incluido el de la promotora.

* 17.000 € por mantener el puesto de trabajo de 4 o más mujeres (cuenta propia o ajena), incluido el de la promotora.

 

3.LÍNEA ITEF: Empresas de nueva creación que realicen un proyecto empresarial innovador (ámbito de investigación y tecnología).

Requisitos específicos

– Alta de la actividad entre el 01-08-2021 y el 12-08-2022.

– La actividad debe tener un claro carácter innovador, con alto contenido científico o tecnológico.

– Suponer la creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras, las cuales deberán estar desempleadas (mínimo 1 mes), y al menos una de ellas, debe poseer titulación universitaria.

– El alta en la seguridad social de las promotoras deberá realizarse entre el 01-08-2021 y el 12-08-2022.

– En el caso de creación de empleo para trabajadoras por cuenta ajena, el alta en la seguridad social deberá formalizarse antes del fin de plazo de justificación de la ayuda.

– No haber desarrollado la misma actividad en los 3 años inmediatamente anteriores.

Cuantía de los incentivos:

* 18.000 € por crear el puesto de trabajo de la promotora

* 27.000 € por crear dos puestos de trabajo (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

* 32.000 € por crear tres puestos de trabajo (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

* 42.000 € por crear cuatro o más puestos de trabajo (cuenta propia o ajena), incluida la promotora.

 

4.LÍNEA CONCILIA: Es una ayuda complementaria a las anteriores para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral tanto de promotoras como de trabajadoras.

– Concilia promotoras: Incentivo de 3.000 euros por empresa.

– Concilia trabajadoras: Incentivo de 5.000 euros

 

Los incentivos previstos para esta ayuda solo podrán concederse a aquellas empresas que resulten beneficiarias de cualquiera de las líneas anteriores.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIAS: 

Realizar la actividad y mantener el empleo durante un mínimo de 18 meses.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:  

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 12-08-2022.

Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, es decir, teniendo en cuenta la puntuación obtenida en la valoración de cada uno de los expedientes.

 

 

De estar interesados en tramitar esta ayuda, les recomendamos que se pongan en contacto con este despacho para ver las particularidades de cada caso en concreto.

 

 

 

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