El objetivo de estas ayudas es atender a pagos de deudas con proveedores y otros acreedores (financieros y no financieros), así como para pago de deudas de costes fijos.
Requisitos:
– El compromiso contractual debe ser anterior a 13 de marzo de 2021.
– La obligación de pago tiene que haber nacido entre el 01 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 14-07-2021.
Se convocan tres líneas de ayudas:
1. AUTÓNOMOS EN ESTIMACIÓN OBJETIVA
Requisitos:
– Estar incluidos en los CNAE del Anexo I del RD-L 5/2021 o,
– Tener una reducción de facturación en el año 2020 del 40% respecto al año 2019.
– Estar al corriente con AEAT, SS y ATRIGA.
Cuantía: 3.000 € (la cantidad pendiente de pago debe ser igual o mayor a la ayuda solicitada).
2. AUTÓNOMOS O EMPRESAS CON HASTA 10 TRABAJADORES (o hasta 25 trabajadores con volumen de facturación de hasta 2M€)
Requisitos:
– Estar incluidos en los CNAE del Anexo I del RD-L 5/2021y tener una reducción de facturación en el año 2020 del 30% respecto al año 2019.
– En caso de no estar incluido en los CNAE del anexo, tener una reducción de facturación en el año 2020 del 40% respecto al año 2019.
– Tener resultado positivo en el año 2019 (en caso de ser negativo, es necesario acreditar solvencia económica)
– Estar al corriente con AEAT, SS y ATRIGA.
Cuantía: en función de la reducción de facturación y el nº de trabajadores, hasta un máximo de 12.000 €. (La ayuda solicitada deberá ser igual o menor que las cantidades pendientes de pago).
3. AUTÓNOMOS O EMPRESAS CON MÁS DE 10 TRABAJADORES Y CON VOLUMEN DE FACTURACIÓN DE MÁS DE 2M€
Requisitos:
– Estar incluidos en los CNAE del Anexo I del RD-L 5/2021 y tener una reducción de facturación en el año 2020 del 30% respecto al año 2019.
– En caso de no estar incluido en los CNAE del anexo, tener una reducción de facturación en el año 2020 del 40% respecto al año 2019.
– Tener resultado positivo en el año 2019 (en caso de ser negativo, es necesario acreditar solvencia económica)
– Estar al corriente con AEAT, SS y ATRIGA.
Cuantía: en función de la reducción de facturación y el nº de trabajadores, hasta un máximo de 30.000 €. (La ayuda solicitada deberá ser igual o menor que las cantidades pendientes de pago).
De estar interesados en la tramitación de la ayuda, no duden en ponerse en contacto con este despacho.