Ayudas para el IMPULSO DE LA COMERCIALIZACIÓN DIGITAL . Fin plazo: 30-09-2020.

Ayudas para el desarrollo de PRODUCTOS, PROYECTOS Y OBRAS REALIZADAS CON MADERA. Fin plazo: 30-09-2020.
23 julio, 2020
Ayudas ALQUILER para establecimientos de OCIO NOCTURNO. Fin plazo: 27-11-2020.
27 octubre, 2020

Ayudas para el IMPULSO DE LA COMERCIALIZACIÓN DIGITAL . Fin plazo: 30-09-2020.

OBJETO: 

Se trata de ayudas para el fomento de la comercialización digital, para actuaciones que se realicen desde el 01 de enero de 2020 hasta el 30 de octubre de 2020.

(Los titulares de talleres artesanales podrán incorporar actuaciones de las ferias de Navidad 2019-2020).

 

BENEFICIARIOS: 

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Comerciantes minoristas

– Desarrollar su actividad comercial y con domicilio fiscal en Galicia.

– Condición de pyme

– Estar de alta en alguno de los epígrafes del IAE subvencionables (consultar para más información).

– Establecimiento comercial con superficie inferior a 300 metros cuadrados (excepto epígrafe IAE 653.1)

b) Titulares de talleres artesanales

– Estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia.

c) Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos de Galicia

d) Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
1. ACTUACIONES DE COMERCIALIZACIÓN DIGITAL

a) Organización virtual de tiendas efímeras, plataformas o páginas de market place, ferias o cualquier otro tipo de evento comercial, nacional o internacional, celebrados online.

Beneficiarios: Titulares de talleres artesanales, comerciantes minoristas, asociaciones profesionales y empresariales de artesanos y ayuntamientos gallegos.

La ayuda consistirá en un ticket por cada evento (hasta un máximo de 2 por beneficiario):

– Eventos de hasta 5 participantes, ticket de 1.000 €

– Eventos de 6 hasta 20 participantes, ticket de 3.000 €

– Eventos de 21 hasta 50 participantes, ticket de 5.000 €

– Eventos de más de 50 participantes, ticket de 8.000 €.

El porcentaje subvencionable por cada evento alcanzará el 80%.

b) Participación virtual como expositor/a en tiendas efímeras, plataformas o páginas de market place, ferias o cualquier otro tipo de evento comercial, nacional o internacional, celebrados online.

Beneficiarios: Titulares de talleres artesanales y comerciantes minoristas.

La ayuda consistirá en un ticket por cada evento en el que se participe (hasta un máximo de 4 eventos por beneficiario): ticket de 500 € y 1.500 €.

El porcentaje subvencionable por cada evento alcanzará el 80%.

 

2.ACTUACIONES DE COMERCIALIZACIÓN FÍSICA

a) Titulares de talleres artesanales

Actuaciones subvencionables: participación como expositor/a en ferias de interés artesanal, nacionales o internacionales.

La ayuda consistirá en tickets de impulso a la comercialización:

– Ticket feria profesional: desde 500 € hasta 3.000 € (El porcentaje subvencionable por cada feria alcanzará el 80 % de la inversión).

– Ticket feria no profesional: desde 400 € hasta 750 €, con un máximo de 6 tickets por taller. (El porcentaje subvencionable por cada feria alcanzará el 80 % de la inversión).

b) Ayuntamientos

c) Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

 Para la asistencia a ferias como expositor/a:

– Alquiler del espacio

– Seguros y servicios de carácter básico y obligatorio.

– Transporte de material expositivo por transportista profesional.

– Ferias internacionales: servicios de traducción y transporte profesional.

– Ferias y eventos virtuales: gastos de inscripción, elaboración de contenidos y realización de material audiovisual.

Para la organización de ferias:

– Infraestructuras y servicios propiamente feriales: espacio web, infraestructura y soporte informático.

– Publicidad

 

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO:

– Ejecutar el proyecto

– Comunicar la obtención de otras subvenciones

– Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.

– Dar adecuada publicidad a la ayuda obtenida.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 

Un mes desde la fecha de publicación de las ayudas, desde el 13 de agosto de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.

 

Quedamos a su disposición para resolver cualquier consulta que quiera trasladarnos.

 

 

 

 

Comments are closed.