Ayudas para el programa del BONO RENUEVA en los NEGOCIOS de las personas trabajadoras AUTÓNOMAS. Fin plazo: 30-09-2020.

Ayudas para el programa del BONO NUEVA OPORTUNIDAD de las personas AUTÓNOMAS. Fin plazo: 30-09-2020.
3 febrero, 2020
Ayudas para PEQUEÑAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN. Fin plazo: 31-07-2020.
3 febrero, 2020

Ayudas para el programa del BONO RENUEVA en los NEGOCIOS de las personas trabajadoras AUTÓNOMAS. Fin plazo: 30-09-2020.

OBJETO  

La finalidad de este programa es la concesión de ayudas económicas para la realización de un relevo generacional ordenado en los negocios de las personas trabajadoras autónomas, realizados desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.

 

BENEFICIARIOS   

1.La persona trabajadora autónoma que va a transmitir su negocio por cese, y que en el momento de la transmisión esté en alguna de las siguientes situaciones:

– Tener 60 años o más (y llevar de alta el RETA más de 24 meses),

– Por declaración de incapacidad total o absoluta.

– Personas herederas en el caso de fallecimiento de la persona trabajadora autónoma titular del negocio.

En el caso de las personas trabajadoras autónomas societarias para ser personas beneficiarias de esta ayuda, la transmisión de las acciones o participaciones de la sociedad debe suponer el control de la sociedad por parte del adquirente, es decir, poseer más del cincuenta por ciento de las acciones o participaciones de la sociedad.

2.La persona que adquiera el negocio y que esté dada de alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) tras su adquisición.

NOTA: estarán excluidas las transmisiones realizadas entre los cónyuges.

 

CUANTÍAS   

-La persona transmisora tendrá una subvención de 5.000 € para compensar los gastos derivados del traspaso.

-La persona adquiriente tendrá tres líneas de ayudas:

a) Bono asesoramiento: la persona adquiriente tendrá una ayuda consistente en el pago del 100%, con un límite de 3.000 €, de los gastos de asesoramiento (Análisis y viabilidad del negocio, Elaboración del plan empresarial, Acompañamiento en el proceso de cierre de la transmisión y puesta en marcha de la empresa).

b) Bono formación: la persona beneficiaria recibirá una ayuda de hasta 000 € para realizar formación en las siguientes materias: formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender y así se justifique. Esta formación podrá ser impartida por entidades públicas o privadas y deberá estar finalizada en el plazo comprendido de tres meses antes del alta hasta el 31 de octubre de 2020.

c) Bono Inicio de actividad, será una subvención para los gastos de inicio de actividad que será de una cantidad de 5.000 por negocio y tendrá un incremento de 3.000 por trabajador por cuenta ajena de alta en la empresa en el momento del traspaso y que se comprometa a mantener durante un período mínimo de 2 años. (Hasta un máximo de 5 trabajadores, entre los que se incluirán las personas que se den de alta como trabajadoras autónomas si fueran unos trabajadores de la empresa).

Cuanto se trate de contrataciones con una jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo.

 

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN   

El plazo de presentación de las solicitudes, con carácter general, abarca desde el 04-02-2020 y hasta el 30-09-2020.

La presentación de las mismas se hará de forma telemática.

 

Para cualquier duda o aclaración no duden en ponerse en contacto con este despacho.

 

 

Comments are closed.