Serán subvencionables aquellas actividades que supongan la realización de una actividad económica, encaminada a la producción de bienes o servicios y que supongan la creación y/o mantenimiento del empleo.
Los proyectos deberán conseguir alguno de los siguientes objetivos:
– Aumento del valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación en todas las fases de la cadena de suministración de los productos de la pesca y de la acuicultura.
– Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial, al aprendizaje permanente y a la creación de empleo en las zonas pesqueras y acuícolas.
– Impulso y aprovechamiento del patrimonio ambiental de las zonas pesqueras y acuícolas, incluidas las operaciones de mitigación del cambio climático.
– Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo.
– Refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desenvolvimiento local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales.
Los gastos subvencionables son los costes asumidos por el perceptor de la ayuda, y que se ajusten a los siguientes requisitos:
– Que hayan sido producidos a lo largo de la duración de la acción.
– Que fuesen pagados por el beneficiario con anterioridad a la finalización del plazo de justificación, y que afecten directamente al proyecto.
– Que hayan sido consignados en el presupuesto estimado total del proyecto.
– Gastos imprescindibles y necesarios para ejecutar las actuaciones objeto de la subvención.
– No podrán estar iniciados antes de realizar el Acta de No Inicio.
– Ejecutar el proyecto en los plazos establecidos.
– Mantener las inversiones durante un mínimo de 5 años desde el último pago realizado por la Consellería del Mar.
– Publicidad de la subvención: a través de la página web, colocando un cartel y una placa en las instalaciones, o si es una máquina colocando un adhesivo perdurable.
El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 01-03-2021, no obstante cada anualidad dispone de una convocatoria que finaliza el 1 de marzo.
La presentación de las mismas se hará de forma telemática.
La cuantía de la ayuda será, como máximo, del 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 200.000 €.
En el caso de ayudas destinadas a la pesca costera artesanal, el porcentaje podrá incrementarse hasta el 80%.
De estar interesados en tramitar esta ayuda, les recomendamos que se pongan en contacto con este despacho para ver las particularidades de cada caso en concreto.