Ayudas para mejora de INFRAESTRUCTURAS DE ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO Y RESTAURACIÓN. Fin plazo: 04-03-2021.

Ayudas para NUEVOS EMPRENDEDORES. Fin plazo: 22-02-2021.
01/02/2021
Ayudas a trabajadores AUTÓNOMOS por COVID-19. Fin plazo 18-03-2021.
18/02/2021

Ayudas para mejora de INFRAESTRUCTURAS DE ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO Y RESTAURACIÓN. Fin plazo: 04-03-2021.

OBJETO

Mejora de la infraestructura turística de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación para la mejora de las infraestructuras de los establecimientos de alojamiento turístico y de restauración.

 

BENEFICIARIOS   
  1. Personas físicas.
  2. Microempresas y Pequeñas empresas.

El establecimiento para el que se solicita la ayuda deberá figurar de alta en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) de la Xunta como mínimo 5 años antes desde la fecha de solicitud de ayudas.

Los datos existentes en este registro deberán coincidir con los datos de titularidad y con la persona que solicita la ayuda.

En cuanto a los tipos de establecimientos que pueden acceder a las ayudas:

– Establecimientos hoteleros, campamentos, establecimientos de turismo rural, apartamentos y albergues.

– Restaurantes

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES   
  1. Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
  2. Obras de mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad.
  3. Actuaciones de mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
  4. Actuaciones de renovación, modernización y embellecimiento de las instalaciones.
  5. Equipamientos muebles
  6. Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético.
  7. Actuaciones de digitalización de sistemas de gestión y comercialización.
  8. Adaptación de sistemas de seguridad y salud.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS   

– No podrán estar iniciados antes del 1 de enero de 2021.

Inversión neta admitida: 100.000 €. No se podrán presentar proyectos que superen este límite.

– Disponer de licencia de obras, si es necesario, o certificado del ayuntamiento de no necesitar dicha licencia.

– Deberá acreditarse la propiedad de los inmuebles.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES   

Gastos de obra y adquisiciones de bienes muebles.

Honorarios técnicos de redacción del proyecto y dirección de obra (no superiores al 6% de la inversión).

No serán gastos subvencionables: adquisiciones de terrenos y edificaciones, elementos de transporte, gastos corrientes (vajillas, cristalería, …), obras de mantenimiento (pintura, arreglos de carpintería,….), adquisiciones de equipos en leasing o renting.

 

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN   

El plazo de presentación de las solicitudes es de 1 mes, desde el 05-02-2021 y hasta el 04-03-2021.

 

CUANTÍA SUBVENCIONABLE   

La cuantía de la ayuda será, como máximo, del 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 50.000 €.

 

De estar interesados en tramitar esta ayuda, les recomendamos que se pongan en contacto con este despacho para ver las particularidades de cada caso en concreto.

 

Comments are closed.