BENEFICIARIOS Y CUANTÍA:
Autónomos/as y pequeñas empresas, que realicen una actividad económica y tengan menos de 42 meses de antigüedad de alta en la actividad en la fecha de la solicitud de la ayuda.
Cuantía: 80% de los costes subvencionables hasta un máximo 400.000 €.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
– Proyectos de creación o ampliación de pequeñas empresas con un centro de trabajo en Galicia.
(Imprescindible no tener iniciado el proyecto antes de la presentación de la solicitud de ayuda).
– Proyectos de reemprendimiento, entendiendo como tal, exclusivamente, los autónomos que hubiesen estado de baja continuada de toda actividad económica por cuenta propia durante un período igual o superior a 3 años; (en estos casos, los 42 meses se contarán respecto de la primera alta en actividad económica por cuenta propia inmediatamente posterior a dicha baja.)
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables los gastos e inversiones, realizados desde la fecha de presentación de la solicitud, hasta el 31 de julio de 2022.
Se consideran actuaciones subvencionables:
→ INVERSIONES:
- Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones, llevadas a cabo en instalaciones o terrenos propiedad del solicitante o sobre los que tenga un derecho de uso y disfrute que permita la realización de obras irrevocable durante 5 años contados desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto. (en este apartado habrá que aportar licencia municipal de obra)
- Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del medio ambiente y otros bienes de equipo. En ningún caso se subvencionarán los vehículos de transporte externo que no tengan la consideración de vehículo especial.
- Otras inversiones en activos fijos materiales incluyendo mobiliario.
- Activos inmateriales: como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual y páginas web.
- Activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano cuando cumplan: que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador, que la operación tenga lugar en condiciones de mercado y que no fuesen objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
→ GASTOS:
- Gastos de personal de nueva contratación.
- Gastos de alquiler de locales. No podrán imputarse costes por este concepto en caso de que la actividad se desarrolle en la vivienda de la persona emprendedora.
- Gastos de contrataciones externas de servicios específicos: software de pago por uso, diseño gráfico, identidad corporativa, servicios de asesoramiento para la puesta en marcha del proyecto empresarial.
- Los costes del informe de auditor de cuentas (en caso de que la ejecución del proyecto comprenda más de 20 facturas) hasta un máximo de 1.000 €.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 22 de febrero de 2021 o hasta que se produzca agotamiento de crédito.
Quedamos a su disposición para aclarar cualquier punto de interés.