Ayudas PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA 2014-2020. Fin plazo: 03-06-2021.

Ayudas para el COMERCIO Y ACTIVIDADES ARTESANALES. Fin plazo: 04-06-2021.
5 mayo, 2021
Ayudas III PLAN RESCATE por COVID-19. Fin plazo: 14-07-2021.
16 junio, 2021

Ayudas PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA 2014-2020. Fin plazo: 03-06-2021.

PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA 2014-2020.

 

BENEFICIARIOS   
  1. Personas físicas o jurídicas.
  2. Entidades de carácter local o comarcal (Concellos, mancomunidades)
  3. Comunidades de montes vecinales

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES   

– Inversiones en el sector de la producción agraria primaria

– Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios

– Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales

– Inversiones que supongan la diversificación de las explotaciones agrarias para actividades no agrarias

– Inversiones que supongan la creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES   

– Construcción, adquisición y mejora de inmuebles.

– Adquisición de terrenos, hasta un límite del 10% del total de gastos subvencionables.

– Adquisición de maquinaria y equipamiento nuevo.

– Programas informáticos, páxinas web, estudios y publicaciones.

– Honorarios de arquitectos, ingenieros, asesores.

– Gastos notariales y registrales derivados del inicio de la actividad.

– Medios y equipos de transporte, afectos en exclusiva a la actividad.

 

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS   

– Localizados en el ámbito territorial de aplicación del GDR (consultar ubicación y GDR correspondiente)

– Ajustarse a la normativa sectorial de aplicación.

No podrán estar iniciados en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda.

– Ser finalistas, es decir, que en la fecha de justificación final de las inversiones cumplan con los objetivos.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS  

Mantener las inversiones durante un mínimo de 5 años posteriores a la fecha de la resolución.

Mantener los empleos durante los 5 años posteriores a la fecha de la resolución.

Publicidad de la subvención: a través de la página web, colocando un cartel y una placa en las instalaciones, o si es una máquina colocando un adhesivo perdurable.

 

CUANTÍA SUBVENCIONABLE   

La cuantía de la ayuda podrá estar comprendida entre, un mínimo de, un 15% y, un máximo, del 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 200.000 €.

 

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN   

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 3-06-2021.

La presentación de las mismas se hará de forma telemática.

 

 

Para cualquier duda o aclaración no duden en ponerse en contacto con este despacho.

 

 

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