Ayudas VIVIENDAS PROTEGIDAS. Fin plazo: 16-06-2023.

Ayudas COMERCIO y ARTESANÍA. Fin plazo: 28-03-2023.
10/03/2023
Ayudas para la ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS. Fin plazo: 15-07-2023
01/06/2023

Ayudas VIVIENDAS PROTEGIDAS. Fin plazo: 16-06-2023.

AYUDAS A LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LA REPARACIÓN, LA REHABILITACIÓN Y/O ADAPTACIÓN DE LOS EDIFICIOS DE VIVIENDAS PROTEGIDAS

BENEFICIARIOS  

– Comunidades de propietarios de edificios que en el momento de presentar la solicitud, tengan más de diez años de antigüedad.

– Comunidades de propietarios de edificios en los que el régimen de protección se hubiese extinguido en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Adecuación de las condiciones de seguridad: obras de seguridad estructural o constructiva, de manera que garanticen su estabilidad, resistencia y solidez, seguridad contra incendios, así como obras de seguridad frente a accidentes o siniestros.

b) Adecuación de las condiciones de habitabilidad: obras que proporcionen al edificio estanquidad frente a la lluvia y a la humedad, aislamiento térmico y acústico, o mejora de las instalaciones de calefacción.

c) Adecuación funcional: mejora de los accesos a los servicios generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc., así como la adecuación a la correspondiente normativa.

d) Adecuación de las condiciones de accesibilidad: Instalación de ascensores, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES

Se admitirán actuaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2023 y que no hayan ejecutado más de un 60% del coste de la obra en el momento de la presentación de la solicitud.

El plazo máximo para ejecutar las obras, será el que se indique en la correspondiente resolución de concesión. (Nota: En función del tipo de obra, tendrá un plazo diferente que se determinará en la resolución).

CUANTÍA SUBVENCIONABLE

La cuantía de la ayuda será del 60% de la actuación subvencionable, con un máximo de 6.000 € por vivienda.

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 16 de junio de 2023.

Recordamos que la concesión de estas subvenciones se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva (en función del tipo de actuación, antigüedad del edificio, discapacidad de las personas que vivan en el edificio, número de viviendas por edificio…)

Para cualquier aclaración, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

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